
Cambios en los INCOTERMS 2020.
Hacemos de su conocimiento los cambios respecto a los Incoterms para 2020, publicados por la Cámara Internacional de Comercio “en adelante ICC”.
Como sabemos los Incoterms, son los términos internacionales que dictan las reglas entre el vendedor y el comprador, respecto a sus obligaciones, riesgo y costos, principalmente nos ayudan a facilitar las transacciones del comercio internacional.
Siendo que su uso es generalizado y aceptado en cualquier contrato de compraventa en el mundo, por ello la importancia de conocer su aplicación y hacer una correcta interpretación es para establecer adecuadamente las obligaciones que existe entre quien compra y quien vende, reduciendo así significativamente los riesgos en la cadena de suministros.
Cabe puntualizar que los Incoterms no sustituyen los contratos que lleguen a firmar entre las partes (comprador-vendedor), ya que en el contrato se establecen, entre otras cuestiones, las especificaciones de la mercancía, sanciones por incumplimiento, uso de la marca, restricciones para su comercialización, determinación de las condiciones de pago, imposición de sanciones, entre otras.
Además de los rubros antes señalados que puede tener un contrato, se recomienda que se incluya el término utilizado de Incoterm conforme a la transacción que se va a realizar, con ello se garantizará que no existe duda respecto a las obligaciones, riesgos y costos para cada una de las partes.
En todos los casos ya sea si existe un contrato o no, se debe especificar documentalmente (en factura, packing list, etc.) que término de Incoterm se está utilizando, además de señalar el puerto, lugar o punto designado para la entrega de la mercancía, así como el año de la versión del Incoterm que se está utilizando, como ejemplo. “DPU, Avenida México 777, Colonia Esperanza, CDMX, Incoterm 2020”
Respecto de los cambios, la primera distinción que encontramos entre los Incoterms para 2010 y los Incoterms 2020, es la manera de agruparlos, ya que los Incoterms 2010, estaban divididos en 4 grupos que eran: E, F, C y D; en cambio los Incoterms 2020, únicamente están divididos en dos, la cual es función de su transporte, considerando ahora únicamente el transporte multimodal y transporte marítimo.
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